EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. BELEN. CONSTITUCION. BELLA UNION




Promulgación: 05/01/1977
Publicación: 13/01/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 20
Referencias a toda la norma

Artículo 4

  La prueba de la posesión, con los caracteres y circunstancias indicadas
en los artículos anteriores, se hará por información sumaria, por
instrumentos públicos o privados o por prueba testimonial de personas
avecinadas a la localidad y declarada por sentencia del Juez de Paz del
lugar con intervención del Ministerio Fiscal.
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