REGULACION DE ASCENSOS RETROACTIVOS PARA FUNCIONARIOS DE LA ARMADA NACIONAL




Promulgación: 08/09/1977
Publicación: 15/09/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 352

Artículo 8

   Al efectuarse las retroactividades que correspondan, se mantendrán las
precedencias establecidas en cada promoción de la Escuela Naval, salvo los
casos modificados por aplicación del artículo 62 de la Ley Orgánica de la
Armada, 10.808, de 16 de octubre de 1946.
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