REGULACION DE ASCENSOS RETROACTIVOS PARA FUNCIONARIOS DE LA ARMADA NACIONAL




Promulgación: 08/09/1977
Publicación: 15/09/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 352

Artículo 9

   Los Oficiales que deban ser ascendidos por esta ley y no hayan
realizado los recursos correspondientes, cumplirán con esta exigencia
dentro de los tres meses siguientes a la promulgación de la misma.
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