OTOGAMIENTO A LA COOPERATIVA DE OBREROS Y EMPLEADOS DE COMPAÑIA BAO S.A. LA FACULTAD DE HACER RETENER HABERES DEVENGADOS POR CONCEPTO DE SUELDOS




Promulgación: 27/12/1977
Publicación: 09/01/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1368

Artículo 3

El empleador sea persona física o jurídica o la institución que efectúe
los pagos por concepto de jubilación o pensión, están obligados a dar
curso a las solicitudes de retención que se ajusten a lo establecido en la
presente ley.
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