En caso de que, por mandato legal, el ingreso a la función pública deba
hacerse por concurso de oposición o de méritos, la selección a que se
refiere el numeral 3) del artículo 36º de la ley 13.640, de 26 de
diciembre de 1967, será efectuada por el órgano competente para el
nombramiento o contratación. En este caso el Ministerio de Economía y
Finanzas fiscalizará, en la forma y condiciones que determine la
reglamentación, el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. (*)