FIJACION DE NORMAS PRESUPUESTALES. EJERCICIO 1978




Promulgación: 05/01/1978
Publicación: 09/01/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 57

CAPITULO V - PARTIDAS POR UNA SOLA VEZ

Artículo 12

Autorízase una partida por una sola vez de N$ 900.000.00 (nuevos pesos
novecientos mil), para el Hospital de Clínicas (Programa 1.04 del Inciso
26 "Universidad de la República"), con destino a la instalación,
equipamiento y funcionamiento del Banco Nacional de Organos y Tejidos.
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