AUTORIZACION DE REESTRUCTURA Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DE FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS




Promulgación: 30/06/1978
Publicación: 12/07/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 1244
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS

Artículo 7

El Escalafón del Personal Militar en actividad, se regulará de acuerdo a
las siguientes denominaciones y escalas de coeficientes:

     Denominación                            Coeficiente
     ------------                            -----------

Soldado de 2ª y Marinero de 2ª...............     1
Cadete, Aspirante............................     0,5
Aprendiz.....................................     0,6
Soldado de 1ª y Marinero de 1ª...............     1,8
Cabo de 2ª...................................     2,2
Cabo de 1ª...................................     2,7
Sargento y Suboficial de 2ª..................     3,5
Sargento 1º y Suboficial de 1ª...............     4,5
Alférez y Guardia Marina.....................     4
Teniente 2º y Alférez de Fragata.............     5,5
Teniente 1º y Alférez de Navío...............     6
Capitán, Teniente de Navío...................     7
Mayor, Capitán de Corbeta....................     7,7
Teniente Coronel, Capitán de Fragata.........     8,2
Coronel, Capitán de Navío....................     9
General, Contralmirante, Brigadier General...    10

 La base de cálculo para la aplicación de los coeficientes establecidos,
será el sueldo básico del Soldado de 2ª y Marinero de 2ª.

 Cuando por aplicación de la ley 14.157 (Orgánica Militar) de 21 de
febrero de 1974, sus modificativas y concordantes, el personal subalterno
de las Fuerzas Armadas (Tropa) ascienda a personal superior (Oficiales) no
les serán disminuidas sus asignaciones por ningún concepto.

 Derógase el artículo 47º de la ley 14.252, de 22 de agosto de 1974.
Referencias al artículo
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