APROBACION DE REGULACION DE RELACIONES INTERNACIONALES AERONAUTICAS EN MATERIA COMERCIAL




Promulgación: 24/11/1978
Publicación: 15/12/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1073
Referencias a toda la norma

Artículo 9

  Cuando los agentes, representantes o terceros autorizados intervengan en
el cobro del precio de los pasajes que sirven de base a la aplicación del
artículo 2º de esta ley, deberán retener y verter el importe respectivo en
igual forma y condiciones que las empresas de aeronavegación por las que
actúen, respondiendo solidariamente con éstas, caso omiso.
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