Declárase de utilidad pública la expropiación de los siguientes
inmuebles:
En el Inciso 4 "Ministerio del Interior": padrones números 3029, 3030,
4686 y 4688 del departamento de Montevideo;
En el Inciso 5 "Ministerio de Economía y Finanzas": padrones Nos. 3056
y anexo 3073 del departamento de Montevideo;
En el Inciso 15 "Ministerio de Justicia": padrón número 780 del
departamento de Treinta y Tres;
En el Inciso 26 "Universidad de la República": padrón N.o 14764/001
del departamento de Montevideo.