APROBACION DE BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1978




Promulgación: 12/11/1979
Publicación: 29/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1207

CAPITULO II - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 23

   La Contaduría General de la Nación deberá imputar con cargo a los
créditos y partidas que se autorizan por las normas precedentes, los
anticipos de fondos otorgados hasta la sanción de la presente ley.
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