APROBACION DE BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1978




Promulgación: 12/11/1979
Publicación: 29/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1207

CAPITULO I - BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL

Artículo 6

   Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el Poder
Ejecutivo, en cualquier momento, podrá ofrecer a organismos públicos o
acreedores privados, por suministros el pago parcial o total de sus
deudas en Títulos de la Deuda interna cuya emisión se autoriza, cualquiera
sea la fecha del crédito, siempre y cuando el mismo esté imputado y
liquidado en condiciones de pago inmediato.
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