INDUSTRIA FRIGORIFICA. COMISIONES LIQUIDADORAS




Promulgación: 05/01/1981
Publicación: 22/01/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 15
Referencias a toda la norma

Artículo 11

  Deróganse las leyes 14.038, 14.202, 14.626 y 14.864, de 19 de octubre de
1971, 21 de mayo de 1974, 4 de enero de 1977 y 9 de enero de 1979,
respectivamente.

Declárase no aplicable el Impuesto Unico a la Actividad Bancaria a los
acreedores hipotecarios del Frigorífico Sudamericano S.A. (en liquidación)
desde la vigencia de la ley 14.038, de 19 de octubre de 1971. El Poder
Ejecutivo reglamentará la forma de hacer efectiva la devolución
correspondiente.
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