AUTORIZACION A LA SOCIEDAD COOPERATIVA DE CONSUMO DEL PERSONAL DE PAYLANA, A RETENER DETERMINADO PORCENTAJE DE LOS SUELDOS A SUS AFILIADOS




Promulgación: 30/12/1982
Publicación: 27/01/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 1157

Artículo 2

   Las retenciones autorizadas por el artículo anterior comprenderán
también las cuotas de suscripción de aportes destinados a la formación de
capital cooperativo.
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