Las sentencias y los laudos homologados, dictados en asuntos civiles,
comerciales, laborales, penales y administrativos, las escrituras públicas
y demás documentos otorgados por las autoridades públicas competentes de
los estados extranjeros o provenientes de Organizaciones Internacionales,
y los exhortos o cartas rogatorias se considerarán auténticos en la
República, siempre que estén debidamente legalizados.
GREGORIO C. ALVAREZ - CARLOS A. MAESO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA -
JULIO CESAR ESPINOLA