APROBACION DE NORMAS SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS SOCIEDADES CIVILES PARA LA ADQUISICION DE VIVIENDAS




Promulgación: 16/09/1983
Publicación: 28/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 482
Reglamentada por: Decreto Nº 511/984 de 15/11/1984.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LOS ORGANIZADORES DE SOCIEDADES CIVILES DE PROPIEDAD HORIZONTAL

Artículo 9

          El Registro no autorizará la inscripción de las personas que
no cumplan con los extremos indicados en los artículos anteriores.
 Asimismo, procederá a cancelar la inscripción cuando haya comprobado
que son falsas las acreditaciones presentadas, que se ha operado el
decaecimiento de alguna de las circunstancias acreditadas o que se ha
incurrido en violación de alguna de las obligaciones impuestas en el
presente Capítulo. (*)
Ayuda