Derogada/o por: Ley Nº 15.750 de 24/06/1985 artículo 168.
TITULO IV - DE LOS SECRETARIOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LOS TRIBUNALES DE APELACIONES DE LOS ACTUARIOS DE LOS JUZGADOS DE TODAS LAS CATEGORIAS DE LOS SECRETARIOS DE LOS JUECES Y DE LOS ALGUACILES CAPITULO IV - DE LOS ALGUACILES
Artículo 133
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.464 de 19/09/1983 artículo 133.