LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO




Promulgación: 09/01/1984
Publicación: 30/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 41
Referencias a toda la norma

PARTE SEGUNDA - ORDENAMIENTO PROCESAL
TITULO III - OTROS PROCEDIMIENTOS
CAPITULO UNICO

Artículo 101

   Las contiendas de competencia y las diferencias previstas en el
artículo 25 de la Sección XV de la Constitución en la redacción dada por
el artículo 1 del Acto Institucional Nº 12 podrán ser sometidas a
resolución del Tribunal por cualquiera de los órganos interesados,
mediante petición fundada, con los antecedentes respectivos.

   El Tribunal dará vista de la petición al órgano correspondiente por el
término de quince días improrrogables, el que, al evacuarla, presentará
los antecedentes a su disposición.

   Evacuada la vista o vencido el término estipulado, el Tribunal
procederá como se indica en el artículo 103.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 26/03/1984.
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