LEY ORGANICA DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO




Promulgación: 09/01/1984
Publicación: 30/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 41
Ver vigencia: Código de lo Contencioso Administrativo de 11/09/2024 
artículo 210.
Referencias a toda la norma

PARTE PRIMERA - ORDENAMIENTO ORGANICO
TITULO I - DE LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
CAPITULO III - DE LA PROCURADURIA DEL ESTADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Artículo 16

   La Procuraduría del Estado en lo Contencioso Administrativo es un
órgano técnico, independiente en el ejercicio de sus funciones que, bajo
la jefatura del Procurador del Estado, tiene a su cargo el cometido de
dictaminar según su convicción estableciendo las conclusiones que crea
arregladas a derecho en todos los asuntos de la Jurisdicción del Tribunal
de lo Contencioso Administrativo. Este podrá asimismo disponer para mejor
proveer el dictamen del Procurador del Estado en lo Contencioso
Administrativo.
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