Los certificados se emitirán al portador y a la vista, no generarán
intereses, y se expedirán contra la entrega del monto en dólares
americanos equivalente a la cotización del oro en los mercados
internacionales. Su convertibilidad será a su presentación en el Banco
de la República Oriental del Uruguay y se efectuará en la moneda
indicada precedentemente y a la cotización del día de dicho metal en
los referidos mercados.