Cada Sociedad estará gobernada por una Asamblea General Representativa
de sus asociados y un Consejo Directivo.
El Estatuto establecerá las formas de elección del Consejo Directivo
y sus cometidos, la oportunidad en que será convocada la Asamblea General
Representativa y sus atribuciones, así como la posibilidad de someter a
plebiscito determinadas resoluciones.(*)