AUTORIZACION AL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL EL REINGRESO DE EX-ALUMNOS




Promulgación: 25/10/1984
Publicación: 09/11/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 917

Artículo 1

   Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional para que por el Comando
General del Ejército se llame a exalumnos de la Escuela Militar que
aspiren a reingresar a ella a efectos de realizar el Curso de Capacitación
correspondiente para Alferez de Intendencia.
   Autorízase, asimismo, el llamado a Sub - Oficiales Mayores Combatientes
y Sargentos 1eros. Combatientes que aspiren a realizar un Curso de
Capacitación en el Escuela Militar, que los habilitará para obtener el
grado de Alférez de Intendencia.  (*)

(*)Notas:
Inciso 2º) agregado/s por: Ley Nº 16.382 de 15/06/1993 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo: 3.
Referencias al artículo

Artículo 2

  Los exalumnos que se presenten no deberán haber sido baja del Instituto
por faltas que afecten su honor o moral.

Artículo 3

   El Curso de Capacitación a que se refiere el artículo 1o, tendrá
exclusivamente la finalidad de preparar Alféreces para llenar los cuadros
de Oficiales del Servicio de Intendencia dispuesto en el artículo 181 de
la ley 10.050, de 18 de setiembre de 1941 y sus modificativos.

Artículo 4

  El Poder Ejecutivo establecerá al reglamentar esta ley, las bases
culturales exigidas, la edad máxima para realizar el curso, la duración de
éste y demás condiciones requeridas al efecto. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 16.382 de 15/06/1993 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.650 de 25/10/1984 artículo 4.
Referencias al artículo

Artículo 5

  Deróganse las leyes 13.819, de 16 de diciembre de 1969 y 14.707, de 28
de setiembre de 1977.

Artículo 6

 Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO
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