APROBACION DEL CONVENIO SOBRE COOPERACION TECNICA NO REEMBOLSABLE N° ATN/SF-2375-UR SUSCRITO ENTRE URUGUAY Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO




Promulgación: 30/10/1984
Publicación: 14/12/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 951

Artículo 2

   Autorizase al Poder Ejecutivo a disponer de la suma de U$S 95.000
(noventa y cinco mil dólares de los Estados Unidos de América) o su
equivalente en moneda nacional para atender los gastos de la contraparte
local.
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