Fecha de Publicación: 16/05/1942
Página: 260-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto-ley

Se autorizan recursos para el Arsenal de Guerra, se da un régimen administrativo y se crea el Cuerpo Técnico de Oficiales de Armamentos y Explosivos.

Ministerio de Defensa Nacional.
 Ministerio de Obras Públicas.
  Ministerio de Hacienda.

                                            Montevideo, Abril 9 de 1942.
 
  Visto el proyecto de decreto-ley enviado en consulta al Consejo de Estado, por mensaje de fecha 20 de Marzo de 1942, referente a la reorganización de los servicios y construcción de un edificio para el Arsenal de Guerra.
  Atento a la opinión favorable emitida por el Consejo de Estado en resolución número 9 de fecha marzo 26 de 1942, respecto al referido proyecto de decreto-ley.
  El Presidente de la República en uso de sus facultades extraordinarias, 
acuerda y
 
                              DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyese el ítem 3.03 "Arsenal de Guerra" de la ley de Presupuesto General del Estado, por el que se detalla en la planilla adjunta. (*)


		
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