Fecha de Publicación: 06/06/1942
Página: 425-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 5

   Modifícase el inciso 1º del artículo 13 de la ley de 22 de Octubre de 1925, que quedará redactado así:
   "En las elecciones de Representantes Nacionales se proclamarán electos de cada lista, tres suplentes por cada titular que le hubiere correspondido en el escrutinio."
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