Fecha de Publicación: 24/06/1942
Página: 537-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 23

   La Caja remitirá anualmente al Poder Ejecutivo, una memoria
circunstanciada del movimiento habido, y demás datos, que hagan conocer 
el verdadero estado de la institución.
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