Se establece la obligación para todas las escuelas públicas primarias normales, y para las particulares habilitadas, de dictar una clase quincenal a todos los alumnos sobre las ventajas morales y materiales del
ahorro y de la previsión en general y en especial modo del ahorro postal que estatuye la presente ley. La Caja podrá habilitar a los Directores de las escuelas o maestros encargados, con pequeñas sumas en valores de ahorro, a fin de que puedan hacer práctica su enseñanza.