Fecha de Publicación: 24/06/1942
Página: 537-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 4

   Las utilidades líquidas anuales que obtenga la Caja, quedarán en ella a los efectos del acrecentamiento de sus fondos de reserva y previsión.

                                       CAPITULO 3º

                         Administración. Personal. Presupuesto
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