Fecha de Publicación: 22/07/1942
Página: 158-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 19

   Cada Subdivisión estará a cargo de un Jefe responsable y desde la
unidad-casa hasta el "grupo" tendrán el suyo respectivo, que recibirá las 
instrucciones para el cumplimiento de su cometido.
   Los Jefes serán preferentemente retirados militares o policiales o 
funcionarios jubilados, de reconocida solvencia moral y con aptitud física, y dependerán del inmediato en densidad de población.
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