Fecha de Publicación: 04/08/1942
Página: 278-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Artículo 7

   La derogación de los actuales impuestos y tasas, establecidos en el artículo anterior, excluye a los impuestos de guías y tornaguías y adicionales de guías, que continuarán percibiéndose en la misma forma que se hace actualmente.
Ayuda