MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
Decreto-ley
Se articula el cuerpo de disposiciones por las cuales deben regirse los Registros de la Propiedad Raíz
Ministerio de Instrucción Pública y Previsión Social.
Montevideo, Febrero 12 de 1943. - Número 705/936.
El Presidente de la República, en uso de sus facultades extraordinarias y con la opinión favorable del Consejo de Estado
DECRETA:
Artículo 1
Desde el 1º de Julio del corriente año, los Registros de la Propiedad Raíz que a continuación se mencionan, se regirán exclusivamente por las disposiciones siguientes:
CAPITULO I
Registro de Traslaciones de Dominio