Fecha de Publicación: 16/03/1943
Página: 468-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 31

   Lo que se recaude por concepto de los certificados del artículo 25, se destinará a adquisición, por la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales, de archivos particulares, de planos o útiles para el empadronamiento.
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