Fecha de Publicación: 16/03/1943
Página: 468-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 92

   El Registro de Inhibiciones -con excepción del Registro Unico de Promesas de Enajenación de Inmuebles a Plazos- percibirá $ 2.50 por cada inscripción además del sellado correspondiente.
   Por la expedición de los certificados percibirá por cada Sección en que se solicite $ 0.25 por cada año y apellido, pudiendo expedir el certificado correspondiente a las distintas Secciones a su cargo, en un solo instrumento o por separado a opción de los interesados.
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