Ley 14.208
Se aprueban modificaciones a los presupuestos que rigen para los
Programas del Poder Legislativo.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Deróganse todas las compensaciones o similares cualquiera fuere el fondo con que se paguen, sujetas o no a montepío, cualquiera sea su naturaleza, incluso el Seguro de Salud y Seguro de Agrupamiento, que a la
fecha de esta ley integren directa o indirectamente las retribuciones de todos los funcionarios del Poder Legislativo.
Se exceptúan por ajuste a nuevas disposiciones los siguientes beneficios:
A) Compensación por Dedicación Especial, estableciéndose un porcentaje de
45% (cuarenta y cinco por ciento) sobre el sueldo básico.
B) Sueldo anual complementario, el que no podrá sobrepasar el monto de
una retribución mensual, por ningún concepto.
C) Prima por antigüedad, en las condiciones del artículo 20 de la ley N.o
14.106, de 14 de marzo de 1973.
D) Beneficios sociales. (Hogar Constituido, Asignación Familiar, Primas
por Nacimiento y Matrimonio) de acuerdo a lo establecido en los
artículos 44 y siguientes de la ley N.o 12.801, de 30 de noviembre de
1960, concordantes y ampliatorias.
No obstante, el beneficio de Asignación Familiar se seguirá
percibiendo, en su forma, condiciones y monto, hasta el cese, como
tal, de los beneficiarios actuales.
Las compensaciones que se derogan y las exceptuadas por ajuste con
excepción del Seguro de Agrupamiento, quedan congeladas en los montos percibidos al 31 de diciembre de 1973.
La antigüedad en el cargo, sin embargo tendrá un aumento previo a su
congelación del 59% (cincuenta y nueve por ciento) sobre el monto que venían percibiendo los funcionarios a esa misma fecha, para quienes la mantengan por aplicación de la escala ajustada que se expresa en el artículo 9.o, y con la excepción de aquellos que ocupan cargos en el
grado máximo del escalafón al que pertenecen.
La diferencia -si la hubiere- entre el 45% (cuarenta y cinco por
ciento) de Dedicación Especial -considerado respecto a los básicos del artículo 9.o de esta ley- y el total que se percibía por este concepto, quedará igualmente congelado. Esta diferencia se irá perdiendo, hasta su total extinción, en la medida que aumente el monto de compensación por Dedicación Especial en función de futuros incrementos en el sueldo
básico.
El Seguro de Salud y la antigüedad en el cargo seguirán el régimen de
deducciones que a esa fecha los regulaba.
Los escalafones correspondientes para los funcionarios del Poder
Legislativo, a partir del 1.o de enero de 1974, se ajustarán a las definiciones establecidas en la ley N.o 12.801, de 30 de noviembre de 1960, concordantes y ampliatorias con las siguientes modificaciones:
ESCALAFON TECNICO PROFESIONAL
(Código AaA)
Grado E 3, Sueldo Básico Nominal $ 306.000
Denominación del cargo: Director de División, Contador.
Grado E 2, Sueldo Básico Nominal $ 286.500
Denominación del cargo: Jefe de División, Arquitecto, Jefe de División
Médico.
Grado E 1, Sueldo Básico Nominal $ 278.000
Denominación: del cargo: ..............
Grado 6, Sueldo Básico Nominal $ 266.500
Denominación del cargo: Jefe Departamento Médico, Médico.
Grado 5, Sueldo Básico Nominal $ 253.500
Denominación del cargo: Jefe Contador, Jefe Arquitecto, Jefe Asesor
Letrado, Médico Adjunto.
Grado 4, Sueldo Básico Nominal $ 233.000
Denominación del cargo: Adscripto Arquitecto.
Grado 3, Sueldo Básico Nominal $ 186.500
Denominación del cargo: Médico Ayudante.
Grado 2, Sueldo Básico Nominal $ 174.000
Denominación del cargo: .................
Grado 1, Sueldo Básico Nominal $ 156.000
Denominación del cargo: .................
Grado E 1, Sueldo Básico Nominal $ 266.500
(Código AaB)
Grado E 1, Sueldo Básico Nominal $ 266.500
Denominación del cargo: Jefe de Departamento Técnico.
Grado 6, Sueldo Básico Nominal $ 233.000
Denominación del cargo: Adscripto Técnico.
Grado 5, Sueldo Básico Nominal $ 220.000
Denominación del cargo: Técnico A.
Grado 4, Sueldo Básico Nominal $ 186.500
Denominación del cargo: Técnico C.
Grado 3, Sueldo Básico Nominal $ 167.000
Denominación del cargo: Practicante.
Grado 2, Sueldo Básico Nominal $ 147.000
Denominación del cargo: Nurse.
Grado 1, Sueldo Básico Nominal $ 139.000
Denominación del cargo:..........................
ESCALAFON ADMINISTRATIVO Y ESPECIALIZADO
(Códigos Ab y Ac)
Grado E, Sueldo Básico Nominal $ 551.500
Denominación del cargo: Secretario.
Grado E 7, Sueldo Básico Nominal $ 399.500
Denominación del cargo: Prosecretario, Director General.
Grado E 6, Sueldo Básico Nominal $ 380.000
Denominación del cargo: .........................
Grado E 5, Sueldo Básico Nominal $ 366.000
Denominación del cargo: ..........................
Grado E 4, Sueldo Básico Nominal $ 359.500
Denominación del cargo: Subdirector General, Director Adjunto (al vacar Subdirector General).
Grado E 3, Sueldo Básico Nominal $ 340.000
Denominación del cargo:..........................
Grado E 2, Sueldo Básico Nominal $ 333.000
Denominación del cargo: Director.
Grado E 1, Sueldo Básico Nominal $ 319.500
Denomnación del cargo: Subdirector.
Grado 12, Sueldo Básico Nominal $ 306.000
Denominación del cargo: Director de División, Jefe Revisor, Director
General de Comisión Administrativa.
Grado 11, Sueldo Básico Nominal $ 300.000
Denominación del cargo: Director de Comisión Administrativa, Director
de Biblioteca.
Grado 10, Sueldo Básico Nominal $ 293.000
Denominación del cargo: Secretario de la Comisión Administrativa,
Subdirector de Biblioteca.
Grado 9, Sueldo Básico Nominal $ 286.500
Denominación del cargo: Jefe de División, Secretario de Comisión,
Revisores Redactores, Director (al vacar Jefe de División), Subdirector
de División.
Grado 8, Sueldo Básico Nominal $ 266.500
Denominación del cargo: Subjefe de División, Taquígrafo Revisor, Subjefe
de División, Conservador Artístico, Jefe de Departamento.
Grado 7, Sueldo Básico Nominal $ 253.500
Denominación del cargo: Taquígrafo A, Jefe Conservador Artístico, Jefe
Técnico de Fotoduplicación, Jefe.
Grado 6, Sueldo Básico Nominal $ 233.000
Adscripto, Taquígrafo B, Jefe de 2.a, (al vacar Adscripto), Jefe de 2.a,
Encargado de visitas (al vacar, Adscripto Encargado de visitas),
Adscripto Asesor Artístico.
Grado 5, Sueldo Básico Nominl $ 220.000
Denominación del cargo: Oficial A, Técnico A, Taquígrafo C.
Grado 4, Sueldo Básico Nominal $ 200.000
Denominación del cargo: Oficial B, Oficial B Asesor Artístico, Capataz
Ins. Eléctricas, Capataz Calef. y Vent. Capataz Electromec., Capataz
Asc. y Montac., Capataz Tapic. y Alfombras Capataz Vidriero, Capataz
Pint. Dec. y Emp., Capataz Restaurador de Muebles, Capataz de
Electricidad en teléfonos, Capataz Carpintero, Capataz de Lustre, Capataz
Sanitario Capataz Albañil Capataz Estuq. y Mármoles, Capataz Cerrajero.
Grado 3, Sueldo Básico Nominal $ 186.500
Denominación del cargo: Oficial C, Técnico C, Oficial C Dibujante,
Oficial 1.o Ascens. y Montac., Oficial 1.o Electricista, Oficial 1.o
Elec. en teléfonos, Oficial 1.o Aparatista, Oficial 1.o Tapic. y Alfombras, Oficial 1.o Broncero, Oficial 1.o Vidriero, Oficial 1.o
Pintor, Oficial 1.o Carpintero, Oficial 1.o de Lustre Oficial 1.o Sanitario, Oficial 1.o Albañil Oficial 1.o Estuq. y Mármoles, Oficial
1.o Cerrajero, Oficial C Acompañante de visitas.
Grado 2, Sueldo Básico Nominal $ 167.000
Denominación del cargo: Oficial D Restaurador, Oficial 2.o Electricista,
Oficial 2.o Tapicero, Oficial 2.o Pintor, Oficial 2.o de Lustre Peón Albañil, Enfermero, Oficial 2.o Cerrajero Fotógrafo.
Grado 1, Sueldo Básico Nominal $ 139.000
Denominación del cargo: ..........................
ESCALAFON DE SERVICIOS AUXILIARES (Código Ad)
Grado E 4, Sueldo Básico Nominal $ 306.000
Denominación del cargo: Director de División.
Grado E 3, Sueldo Básico Nominal $ 286.500
Denominación del cargo: Jefe de División, Subdirector de División,
Director (al vacar Jefe de División).
Grado E 2, Sueldo Básico Nominal $ 266.500
Denominacón del cargo: Intendente de l.a, Jefe de Departamento.
Grado E 1, Sueldo Básico Nominal $ 253.500
Denominación del cargo: Jefe, Intendente de 2.a, Jefe de Vigilancia.
Grado 7, Sueldo Básico Nominal $ 233.000
Denominación del cargo: Adscripto, Conserje Encargado.
Grado 6, Sueldo Básico Nominal $ 220.000
Denominación del cargo: Oficial A, Conserje, Encargado.
Grado 5, Sueldo Básico Nominal $ 200.000
Denominación del cargo: Subconserje, Subjefe de Vigilancia,
Subencargado, Capataz de Encerado, Capataz de Limpieza.
Grado 4, Sueldo Básico Nominal $ 186.500
Denominación del cargo: Conserje Ayudante de 1.a (al vacar Ayudante de
1.a), Vigilante 1.o, Telefonista de 1.a, Oficial 1.o de Encerado, Peón
1.o de Limpieza.
Grado 3, Sueldo Básico Nominal $ 167.000
Denominación del cargo: Conserje Ayudante de 2.a (al vacar Ayudante de
2.a), Vigilante de 2.a, Telefonista de 2.a, Peón 2.o de Limpieza.
Grado 2, Sueldo Básico Nominal $ 147.000
Denominación del cargo: Ayudante de 3.a.
Grado 1, Sueldo Básico Nominal $ 127.000
Denominación del cargo: ..........................
Los ascensos se realizarán en principio por escalafón teniendo en cuenta como elementos de juicio no excluyentes de otros, el puntaje resultante del mérito la capacitación la antigüedad en el cargo y en el
Poder Legislativo. Se reglamentará al respecto.
Cuando dos o más cargos de los vigentes a diciembre de 1973, se
agrupen una misma denominación o grado en oportunidad que se hagan promociones serán tenidas en cuenta las precedencias y grados diferentes que existían a esa fecha a efectos de asegurar, en este último aspecto
el respecto a la carrera administrativa del funcionariado, salvo razones funcionales debidamente valoradas.
La titularidad de los cargos de Secretario de Comisión en el Programa
1.03 será provista con los funcionarios asistidos de mayor derecho entre las jerarquías que eran de Jefes de Sección en el año 1973 y Secretarios de Comisión. En los casos en que los Jefes mencionados manifiesten su aspiración de mantenerse en su función, ésta les será respetada
A los efectos de la aplicación del presente artículo y hasta que no se
dilucide la titularidad del derecho que resulte de su aplicación se mantendrá a la totalidad de los funcionarios involucrados con la asignación de Jefe de Departamento, Grado 8
A los solos efectos de la regularización presupuestal, se incorporan
a los sueldos básicos de los funcionarios de los Programas 1.02 y 1.04
las partidas percibidas durante el Ejercicio 1973 resultantes de la aplicación del artículo 1.o de la Resolución de la ex Cámara de Senadores
de 29 de diciembre de 1972.
Los montepíos generados por la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo serán descontados mediante reglamentación que se establecerá al respecto.
(Cese obligatorio). El cese de los funcionarios del Poder Legislativo
con derecho a jubilación con más de sesenta años de edad será
obligatorio. Los casos contemplados por leyes especiales se regirán por
lo establecido en las mismas.
El Poder Legislativo con el asesoramiento del Banco de Previsión Social, podrá anticipar la edad de cese obligatorio establecida en el inciso anterior cuando razones de buena administración lo determinen,
pero en ningún caso la nueva edad del cese podrá ser inferior a la que establezca el Poder Ejecutivo para el resto de los funcionarios públicos.
Las modificaciones a la edad de cese obligatorio que se dispongan
entrarán en vigencia noventa días después de la fecha de la resolución
que las establezcan regirán por un período no menor de dos años, contando
a partir de la fecha de su vigencia.
No quedan comprendidos en lo dispuesto precedentemente, los afiliados al Banco de Previsión Social que ejerzan o resulten electos o designados para cargos electivos y/o políticos, ni aquellos que tengan limitada la duración de sus mandatos o la edad por la Constitución de la República.
Facúltase igualmente al Poder Legislativo para prorrogar el cese
obligatorio que se establezca, para los casos de funcionarios cuya permanencia en los cargos sea conveniente para la buena marcha de los servicios.
Las planillas de sueldos vigentes al 31 de diciembre de 1973, a adaptarse a los escalafones establecidos en el artículo 3.o, para los restantes Programas, serán las siguientes:
PROGRAMA 1.02
Nº de Sueldo
cargos Denominación del Cargo Escalafón Grado Básico
$
A) SECRETARIA
3 Secretario (1 cargo al vacar pasa a
Prosecretario E7) ..................... Ab E 414.324
1 Prosecretario ......................... Ab E7 300.000
1 Director de Divisiones ................ AaA E3 230.000
9 Director de Divisiones ................ Ab 12 230.000
11 Jefe de División ...................... Ab 9 215.000
9 Secretario de Comisión ................ Ab 9 215.000
10 Subjefe de División ................... Ab 8 200.000
28 Jefe .................................. Ab 7 190.000
14 Adscripto ............................. Ab 6 175.000
12 Oficial A ............................. Ab 5 165.000
22 Oficial B ............................. Ab 4 150.000
36 Oficial C ............................. Ab 3 140.000
92 Oficial D ............................. Ab 2 125.000
B) SERVICIO DE AMPLIFICACION Y RADIOFONIA
1 Jefe de Departamento Técnico .......... Aab E1 200.000
1 Adscripto técnico ..................... AaB 6 175.000
1 Técnico A ............................. AaB 5 165.000
1 Técnico C ............................. Ac 3 140.000
C) SERVICIO DE IMPRESIONES
1 Director (al vacar Jefe de División)... Ac 9 215.000
2 Subjefe de División.................... Ac 8 200.000
2 Jefe................................... Ac 7 190.000
1 Adscripto.............................. Ac 6 175.000
2 Oficial A.............................. Ac 5 165.000
2 Oficial B.............................. Ac 4 150.000
5 Oficial C.............................. Ac 3 140.000
D) CUERPO DE TAQUIGRAFOS
1 Director General....................... Ac E7 300.000
1 Director............................... Ac E2 250.000
1 Subdirector............................ Ac E1 240.000
1 Jefe Revisor........................... Ac 12 230.000
2 Revisor Redactor....................... Ac 9 215.000
5 Taquígrafo Revisor..................... Ac 8 200.000
15 Taquígrafo A........................... Ac 7 190.000
4 Taquígrafo B........................... Ac 6 175.000
6 Taquígrafo C........................... Ac 5 165.000
E) SERVICIO DE SALA Y BARRA
1 Director (al vacar Jefe de División)... Ad E3 215.000
2 Jefe................................... Ad E1 190.000
6 Adscripto.............................. Ad 7 175.000
10 Oficial A.............................. Ad 6 165.000
F) SERVICIO DE INTENDENCIA
1 Jefe de División....................... Ad E3 215.000
1 Intendente l.o ........................ Ad E2 200.000
2 Intendente 2.o ........................ Ad E1 190.000
7 Conserje Encargado..................... Ad 7 175.000
6 Conserje............................... Ad 6 165.000
5 Subconserje............................ Ad 5 150.000
13 Conserje Ayudante de l.a (al vacar
Ayudante de 1.a)....................... Ad 4 140.000
17 Conserje Ayudante de 2.a (al vacar
Ayudente de 2.a) ...................... Ad 3 125.000
9 Ayudante de 3.a ....................... Ad 2 110.000
___
383 funcionarios
PROGRAMA 1.03
Nº de Sueldo
cargos Denominación del Cargo Escalafón Grado Básico
$
A)SECRETARIA
2 Secretario............................. Ab E 414.324
2 Prosecretario.......................... Ab E7 300.000
1 Director General....................... Ab E7 300.000
1 Subdirector General.................... Ab E4 270.000
8 Director de División................... Ab 12 230.000
6 Subdirector de División................ Ab 9 215.000
1 Jefe de División....................... Ab 9 215.000
10 Secretario de Comisión................. Ab 9 215.000
17 Jefe de Departamento................... Ab 8 200.000
23 Jefe................................... Ab 7 190.000
1 Jefe Contador.......................... AaA 5 190.000
15 Adscripto.............................. Ab 6 175.000
15 Oficial A.............................. Ab 5 165.000
15 Oficial B.............................. Ab 4 150.000
30 Oficial C.............................. Ab 3 140.000
16 Oficial D.............................. Ab 2 125.000
B) SERVICIO DE AMPLIFICACION Y RADIOFONIA
2 Jefe de Departamento Técnico........... AaB E1 200.000
1 Adscripto Técnico...................... AaB 6 175.000
2 Técnico A.............................. AaB 5 165.000
3 Técnico C.............................. AaB 4 140.000
C) SERVICIO DE IMPRESIONES
1 Jefe de División....................... Ac 9 215.000
2 Jefe................................... Ac 7 190.000
2 Adscripto.............................. Ac 6 175.000
4 Oficial A.............................. Ac 5 165.000
4 Oficial D.............................. Ac 2 125.000
D) CUERPO DE TAQUIGRAFOS
1 Director General....................... Ac E7 300.000
1 Director Adjunto (al vacar Subdirector
General)............................... Ac E4 270.000
1 Subdirector............................ Ac E1 240.000
1 Jefe Revisor........................... Ac 12 230.000
3 Revisor Redactor....................... Ac 9 215.000
9 Taquígrafo Revisor..................... Ac 8 200.000
21 Taquígrafo A........................... Ac 7 190.000
3 Taquígrafo B........................... Ac 6 175.000
E) SERVICIO DE SALA Y BARRA
1 Director de División................... Ad E4 230.000
1 Subdirector de División................ Ad E3 215.000
2 Jefe de Departamento................... Ad E2 200.000
4 Jefe................................... Ad E1 190.000
22 Adscripto.............................. Ad 7 175.000
F) SERVICIO DE INTENDENCIA
1 Director de División................... Ad E4 230.000
2 Intendente de 1.a...................... Ad E2 200.000
3 Intendente de 2.a...................... Ad E1 190.000
10 Conserje Encargado..................... Ad 7 175.000
9 Conserje............................... Ad 6 165.000
19 Subconserje............................ Ad 5 150.000
13 Conserje Ayudante de 1.a (al vacar
Ayudante de 1.a)....................... Ad 4 140.000
23 Conserje Ayudante de 2.a (al vacar
Ayudante de 2.a)....................... Ad 3 125.000
G) SERVICIO MEDICO
1 Jefe de Departamento Médico............ AaA 6 200.000
1 Médico Adjunto......................... AaA 5 190.000
1 Nurse.................................. AaB 2 110.000
___
345 funcionarios
PROGRAMA 1.04
Nº de Sueldo
cargos Denominación del Cargo Escalafón Grado Básico
$
A) COMISION ADMINISTRATIVA
1 - Administración:
1 Director General de Comisión
Administrativa......................... Ab 12 230.000
2 Director de Comisión Administrativa.... Ab 11 225.000
1 Secretario de la Comisión
Administrativa......................... Ab 10 220.000
4 Jefe de División....................... Ab 9 215.000
5 Subjefe de División.................... Ab 8 200.000
1 Jefe Asesor Letrado.................... AaA 5 190.000
12 Jefe................................... Ab 7 190.000
12 Adscripto.............................. Ab 6 175.000
8 Oficial A.............................. Ab 5 165.000
20 Oficial B.............................. Ab 4 150.000
33 Oficial C.............................. Ab 3 140.000
30 Oficial D.............................. Ab 2 125.000
2 - Servicio de Almacenes y Depósitos:
1 Jefe de 2.a (al vacar Adscripto)....... Ab 6 175.000
1 Oficial A.............................. Ab 5 165.000
2 Oficial C.............................. Ab 3 140.000
1 Oficial D.............................. Ab 2 125.000
3 - Servicio de Acompañantes de Visitas:
1 Jefe de 2.a Encargado de Acompañantes de
Visitas (al vacar Adscripto Encargado de
Visitas)............................... Ab 6 175.000
8 Oficial C Acompañante de Visitas....... Ab 3 140.000
4 - Arquitectura y Conservación:
1 Jefe de División Arquitecto............ AaA E2 215.000
1 Subjefe de División Conservador
Artístico.............................. Ac 8 200.000
1 Subjefe de División.................... Ac 8 200.000
1 Jefe Arquitecto........................ AaA 5 190.000
2 Jefe................................... Ac 7 190.000
1 Jefe Conservador Artístico............. Ac 7 190.000
1 Adscripto Arquitecto................... AaA 4 175.000
1 Adscripto Asesor Artístico............. Ac 6 175.000
1 Oficial B Asesor Artístico............. Ac 4 150.000
2 Oficial C Dibujante.................... Ab 3 140.000
1 Fotógrafo.............................. Ac 2 125.000
1 Restaurador............................ Ac 2 125.000
a) Sección Electricidad:
1 Capataz Instal. Eléctrica.............. Ac 4 150.000
1 Capataz Calefacción y Ventilación ..... Ac 4 150.000
1 Capataz Electro - Mecánico............. Ac 4 150.000
1 Capataz Ascensores y Montacargas....... Ac 4 150.000
4 Oficial 1.o Ascensores y Montacargas... Ac 3 140.000
9 Oficial 1.o Electricista............... Ac 3 140.000
1 Oficial 2.o Electricista............... Ac 2 125.000
b)Sección Teléfonos:
1 Capataz Electricista en Teléfonos........ Ac 4 150.000
4 Oficial 1.o Electricista en Teléfonos.... Ac 3 140.000
1 Oficial 1.o Aparatista................... Ac 3 140.000
c) Sección Tapicería y Alfombras:
1 Capataz Tapicero y Alfombras........... Ac 4 150.000
3 Oficial 1.o Tapicero y Alfombras....... Ac 3 140.000
1 Oficial 2.o Tapicero................... Ac 2 125.000
d) Sección Broncería:
1 Oficial 1.o Broncero................... Ac 3 140.000
e) Sección Vidrios:
1 Capataz Vidriero........................ Ac 4 150.000
1 Oficial 1.o Vidriero.................... Ac 3 140.000
f) Sección Pinturas, Empapelados y Decorados:
l Capataz Pinturas, Decorados y
Empapelados............................ Ac 4 150.000
8 Oficial 1.o Pintor..................... Ac 3 140.000
4 Oficial 2.o Pintor..................... Ac 2 125.000
g) Sección Carpintería:
1 Capataz Restaurador Muebles............ Ac 4 150.000
1 Capataz Carpintero..................... Ac 4 150.000
6 Oficial 1.o Carpintero ................ Ac 3 140.000
h) Sección Lustre:
2 Capataz de Lustre...................... Ac 4 150.000
10 Oficial 1.o de Lustre.................. Ac 3 140.000
1 Oficial 2.o de Lustre.................. Ac 2 125.000
i) Sección Obras Sanitarias:
1 Capataz Sanitario...................... Ac 4 150.000
2 Oficial 1.o Sanitario.................. Ac 3 140.000
j) Sección Albañilería:
1 Capataz Albañil........................ Ac 4 150.000
3 Oficial 1.o Albañil.................... Ac 3 140.000
1 Peón Albañil........................... Ac 2 125.000
k) Sección Estuque y Mármoles:
1 Capataz Estuque y Mármoles............. Ac 4 150.000
1 Oficial 1.o Estuque y Mármoles......... Ac 3 140.000
5 - Servicio Médico:
1 Jefe de División Médico................ AaA E2 215.000
3 Médico................................. AaA 6 200.000
2 Médico Adjunto......................... AaA 5 190.000
2 Médico Ayudante........................ AaA 3 140.000
1 Practicante............................ AaB 3 125.000
1 Enfermera.............................. Ac 2 125.000
6 - Servicio de Intendencia:
1 Jefe de División....................... Ad E3 215.000
3 Intendente de 1.a...................... Ad E2 200.000
2 Jefe................................... Ad E1 190.000
3 Conserje............................... Ad 6 165.000
13 Conserje Ayudante de 1.a (al vacar
Ayudante de 1.a)....................... Ad 4 140.000
5 Conserje Ayudante de 2.a (al vacar
Ayudante de 2.a)....................... Ad 3 125.000
a) Servicio de Vigilancia y Portería:
1 Jefe de Vigilancia..................... Ad E1 190.000
2 Subjefe de Vigilancia.................. Ad 5 150.000
14 Vigilante 1.o.......................... Ad 4 140.000
11 Vigilante 2.o.......................... Ad 3 125.000
b) Servicio de Mesa Telefónica:
1 Encargado.............................. Ad 6 165.000
1 Subencargado........................... Ad 5 150.000
7 Telefonista de l.a..................... Ad 4 140.000
1 Telefonista de 2.a..................... Ad 3 125.000
c) Sección Encerados:
2 Capataz de Encerado.................... Ad 5 150.000
8 Oficial 1.o de Encerado................ Ad 4 140.000
d) Servicio de Limpieza:
2 Capataz de Limpieza.................... Ad 5 150.000
9 Peón 1.o de Limpieza .................. Ad 4 140.000
32 Peón 2.o de Limpieza .................. Ad 3 125.000
e)Sección Cerrajería:
1 Capataz Cerrajero...................... Ac 4 150.000
3 Oficial 1.o Cerrajero.................. Ac 3 140.000
1 Oficial 2.o Cerrajero.................. Ac 2 125.000
B) BIBLIOTECA
1 - Administración
1 Director de Biblioteca................. Ab 11 225.000
3 Subdirector de Biblioteca.............. Ab 10 220.000
5 Jefe de División....................... Ab 9 215.000
7 Subjefe de División.................... Ab 8 200.000
21 Jefe................................... Ab 7 190.000
1 Jefe Técnico de Fotoduplic. ........... Ab 7 190.000
16 Adscripto.............................. Ab 6 175.000
18 Oficial A.............................. Ab 5 165.000
17 Oficial B.............................. Ab 4 150.000
11 Oficial C.............................. Ab 3 140.000
22 Oficial D.............................. Ab 2 125.000
2 - Servicio de Impresos y Depósitos:
1 Jefe de Departamento................... Ac 8 200.000
a) Impresos:
1 Jefe................................... Ac 7 190.000
1 Adscripto.............................. Ac 6 175.000
1 Oficial A.............................. Ac 5 165.000
5 Oficial C.............................. Ac 3 140.000
b) Depósitos:
1 Jefe................................... Ab 7 190.000
1 Jefe de 2.a (al vacar Adscripto)....... Ab 6 175.000
6 Oficial C.............................. Ab 3 140.000
___
505 funcionarios
Los Beneficios de Asignación Familiar y Seguro de Salud que percibían los pasivos del Poder Legislativo al 31 de diciembre de 1973, quedarán
congelados en los montos a esa fecha, aplicándose lo dispuesto en el inciso final del artículo 2.o. Estos beneficios quedan derogados, con la excepción de lo dispuesto en el inciso anterior, a partir del 31 de diciembre de 1974.
Los funcionarios pertenecientes al Inciso I -Poder Legislativo -
podrán ser trasladados del Programa en que revistan, a otros del mismo Inciso, manteniendo la codificación y el grado de origen.
Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 21 de mayo de
1974.
APARICIO MENDEZ, Vicepresidente. - Andrés M. Mata. - Manuel María
de la Bandera, Secretarios.
Ministerio del Interior.
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Obras Públicas.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Ganadería y Agricultura.
Ministerio de Industria y Comercio.
Ministerio de Educación y Cultura.
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo.
Montevideo, 28 de mayo de 1974.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos. -
BORDABERRY. - Coronel HUGO LINARES BRUM. - JUAN CARLOS BLANCO. - MOISES COHEN. - WALTER RAVENNA. - EDUARDO CRISPO AYALA. - JUAN BRUNO IRULEGUY. -
BENITO MEDERO. - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING. - EDMUNDO NARANCIO. -
MARCIAL BUGALLO. - FRANCISCO MARIO UBILLOS.