CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 09/08/1974.
A los efectos de esta ley la UR prevista por el inciso 2.o del artículo 38 de la ley N.o 13.728, de 17 de diciembre de 1968, se aplicará -en todos los casos- de conformidad con lo establecido en el artículo siguiente.Ayuda