Déjese sin efecto a partir de la promulgación de la presente ley el
decreto del Poder Ejecutivo de fecha 7 de mayo de 1974, dictado de
acuerdo con lo que establece el numeral 17 del artículo 168 de la Constitución de la República, y leyes y decretos citados en el mismo, y referido a los funcionarios que se indican de la Universidad de la República.