(Transporte aéreo interno). Servicio de transporte aéreo interno es el
efectuado entre puntos dentro de la República o entre éstos y zonas no
sometidas a jurisdicción de ningún Estado, no perdiendo su carácter de
tal por el hecho de un aterrizaje o acuatizaje forzoso fuera del país o
por el sobrevuelo de territorios o aguas jurisdiccionales de otros
Estados.