CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 18/12/1974.
(Cesión). Las concesiones o autorizaciones no podrán ser cedidas sin autorización del Poder Ejecutivo. Se podrá autorizar la cesión después de comprobar que los servicios funcionan en debida forma y que el beneficiario de la transferencia reúne los requisitos establecidos por este Código para ser titular de ella.Ayuda