Fecha de Publicación: 05/12/1974
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 18/12/1974.

Artículo 119

   (Plazo). El plazo de la concesión se determinará de acuerdo con la
importancia económica del servicio, la cuantía de la inversión inicial y
las ulteriores que sean necesarias para su desarrollo y mejoramiento, así
como los beneficios que él represente para el interés nacional.
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