CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 18/12/1974.
(Culpa unilateral). Si el abordaje es causado mediando culpa, la responsabilidad por los daños y perjuicios estará a cargo del explotador. El explotador no será responsable si prueba que él y sus dependientes han tomado todas las medidas necesarias para evitar el daño y los perjuicios o que les fue imposible tomarlas.Ayuda