Fecha de Publicación: 05/12/1974
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 18/12/1974.

Artículo 18

   (Coerción). La inobservancia de las órdenes impartidas por la
autoridad aeronáutica en materia de circulación aérea, dará derecho al
empleo de la fuerza en los casos y circunstancias que establezca la
reglamentación, quedando excluída toda responsabilidad del Estado por los
daños y perjuicios emergentes.

Ayuda