CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 18/12/1974.
(Vertimientos). No podrán arrojarse de las aeronaves sustancias u objetos que puedan ocasionar contaminación del medio ambiente, daños a las personas o a los bienes en la superficie, salvo en caso de fuerza mayor en los lugares que determine la Reglamentación.Ayuda