Fecha de Publicación: 05/12/1974
Página: 517-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 18/12/1974.

Artículo 67

   (Régimen de aeropuertos). Los aeropuertos estarán abiertos al uso
público. Se clasificarán en categorías en base a las dimensiones,
servicios y características de los mismos.
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