CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 18/12/1974.
(Requisitos). En las aeronaves destinadas al transporte aéreo público, el nombre de la persona investida de las funciones de comandante y los poderes especiales que le hayan sido conferidos deben constar en la documentación de a bordo. La reglamentación establecerá los requisitos para desempeñar el cargo.Ayuda