Fecha de Publicación: 06/12/1974
Página: 534-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 13/12/1974.

Artículo 41

   (Exoneración).- Constituye exención o exoneración la liberación total
o parcial de la obligación tributaria, establecida por la ley en favor de
determinadas personas comprendidas en la definición del hecho generador.

Ayuda