CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 13/12/1974.
(Informes periciales).- No serán aplicables las normas que rigen para el examen pericial en vía contenciosa. No obstante, los interesados y el órgano recaudador podrán agregar los informes y dictámenes técnicos que estimen pertinentes, los que serán valorados en su oportunidad.Ayuda