Sección Cuarta
Repetición de pago
(Competencia).- En aquellos casos en que el contribuyente tenga
derecho a devolución, ya sea por pago indebido o por disposición de leyes
o reglamentos aplicables, la solicitud deberá presentarse ante la oficina
recaudadora correspondiente.
La petición deberá individualizar el pago que la motiva, citar las
disposiciones legales en que se funda y determinar el importe reclamado.