MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
No serán de aplicación, en las soluciones laborales que se adopten conforme al artículo anterior, las prohibiciones a que se refiere el artículo 522 de la ley 13.892, de 19 de octubre de 1970, vigente de acuerdo al artículo 687 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973.Ayuda