Fecha de Publicación: 02/01/1975
Página: 6-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Fe de erratas publicada/s: 09/01/1975, 10/01/1975.

Artículo 32

Derógase la ley 9.133, de 17 de noviembre de 1933, los artículos
287 y 288 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973, sus modificativas y 
concordantes, así como cualquier otra disposición que se oponga a la 
presente ley, excepto la partida prevista en el inciso A) del artículo 288 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973, que se entregará en forma trimestral.
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