Fecha de Publicación: 20/08/1976
Página: 407-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

   Para ingresar al Escalafón de Personal Superior (Oficiales) correspondiente al Servicio General de Bandas Militares del Ejército,
establecido en el artículo anterior se requerirá necesariamente:

 a) Haber egresado de la Escuela de Músicos del Ejército como "Soldado
    Músico";
 b) Haber realizado con aprobación los correspondientes Cursos de Pasaje
    de Grado para Clases y Suboficiales en dicha Escuela;
 c) Haber realizado con aprobación el Curso de Pasaje de Grado habilitante
    para adquirir el Grado de Alférez de Bandas Militares.
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