CONSEJOS DE MINISTROS
Para los funcionarios que subroguen a los comprendidos en el artículo anterior, no regirá el plazo establecido en el artículo 59º de la ley 12.801, de 30 de noviembre de 1960, con la redacción dada por el artículo 14º de la ley 14.416 de 28 de agosto de 1975.Ayuda